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Modificación al Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2002

Contenido

A.

 

B.       Tarifas aplicables a retenciones y proporciones    1. a 6. 

7.     Tarifa para el pago provisional del mes de enero de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Tarifa para el pago provisional del mes de febrero de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Tarifa para el pago provisional del mes de marzo de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Tarifa para el pago provisional del mes de abril de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Tarifa para el pago provisional del mes de mayo de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Tarifa para el pago provisional del mes de junio de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Tarifa para el pago provisional del mes de julio de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Tarifa para el pago provisional del mes de agosto de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Tarifa para el pago provisional del mes de septiembre de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Tarifa para el pago provisional del mes de octubre de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Tarifa para el pago provisional del mes de noviembre de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Tarifa para el pago provisional del mes de diciembre de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Tarifa aplicable para el cálculo de los pagos provisionales mensuales correspondientes a 2005, que efectúen los contribuyentes a que se refiere el Capítulo III, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente por arrendamiento y en general por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles para uso distinto del de casa habitación.

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Tarifa aplicable para el cálculo de los pagos provisionales trimestrales correspondientes a 2005, que efectúen los contribuyentes a que se refiere el Capítulo III, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente por arrendamiento y en general por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles para uso de casa habitación.

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Tarifa opcional aplicable para el cálculo del pago provisional correspondiente al primer semestre de 2005, que efectúen los contribuyentes personas físicas dedicadas a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca, que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Capítulo II, Secciones I o II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Tarifa opcional aplicable para el cálculo del pago provisional correspondiente al segundo semestre de 2005, que efectúen los contribuyentes personas físicas dedicadas a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca, que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Capítulo II, Secciones I o II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

8.          Tarifa integrada para el pago provisional del mes de enero de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de febrero de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de marzo de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de abril de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de mayo de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de junio de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de julio de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de agosto de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de septiembre de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de octubre de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de noviembre de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de diciembre de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Tarifa integrada aplicable para el cálculo de los pagos provisionales mensuales correspondientes a 2005, que efectúen los contribuyentes a que se refiere el Capítulo III, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente por arrendamiento y en general por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles para uso distinto del de casa habitación, misma que contempla el subsidio aplicable.

Tarifa integrada aplicable para el cálculo de los pagos provisionales trimestrales correspondientes a 2005, que efectúen los contribuyentes a que se refiere el Capítulo III, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente por arrendamiento y en general por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles para uso de casa habitación, misma que contempla el subsidio aplicable.

Tarifa opcional integrada aplicable para el cálculo del pago provisional correspondiente al primer semestre de 2005, que efectúen los contribuyentes personas físicas dedicadas exclusivamente a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca, que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Capítulo II, Secciones I o II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, misma que contempla el subsidio aplicable.

Tarifa opcional integrada aplicable para el cálculo del pago provisional correspondiente al segundo semestre de 2005, que efectúen los contribuyentes personas físicas dedicadas exclusivamente a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca, que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Capítulo II, Secciones I o II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, misma que contempla el subsidio aplicable.

C.  

 

7.      Tarifa para el pago provisional del mes de enero de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

496.07

0.00

3.00

496.08

4,210.41

14.88

10.00

4,210.42

7,399.42

386.31

17.00

7,399.43

8,601.50

928.46

25.00

8,601.51

En adelante

1,228.98

30.00

 

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento de subsidio sobre

 

 

 

el impuesto marginal

$

$

$

%

0.01

496.07

0.00

50.00

496.08

4,210.41

7.44

50.00

4,210.42

7,399.42

193.17

50.00

7,399.43

8,601.50

464.19

50.00

8,601.51

10,298.35

614.49

50.00

10,298.36

20,770.29

869.01

40.00

20,770.30

32,736.83

2,125.64

30.00

32,736.84

En adelante

3,202.63

0.00

 

Tarifa para el pago provisional del mes de febrero de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

992.14

0.00

3.00

992.15

8,420.82

29.76

10.00

8,420.83

14,798.84

772.62

17.00

14,798.85

17,203.00

1,856.92

25.00

17,203.01

En adelante

2,457.96

30.00

 

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento de subsidio sobre

 

 

 

el impuesto marginal

$

$

$

%

0.01

992.14

0.00

50.00

992.15

8,420.82

14.88

50.00

8,420.83

14,798.84

386.34

50.00

14,798.85

17,203.00

928.38

50.00

17,203.01

20,596.70

1,228.98

50.00

20,596.71

41,540.58

1,738.02

40.00

41,540.59

65,473.66

4,251.28

30.00

65,473.67

En adelante

6,405.26

0.00

 

Tarifa para el pago provisional del mes de marzo de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

1,488.21

0.00

3.00

1,488.22

12,631.23

44.64

10.00

12,631.24

22,198.26

1,158.93

17.00

22,198.27

25,804.50

2,785.38

25.00

25,804.51

En adelante

3,686.94

30.00

 

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento de subsidio sobre

 

 

 

el impuesto marginal

$

$

$

%

0.01

1,488.21

0.00

50.00

1,488.22

12,631.23

22.32

50.00

12,631.24

22,198.26

579.51

50.00

22,198.27

25,804.50

1,392.57

50.00

25,804.51

30,895.05

1,843.47

50.00

30,895.06

62,310.87

2,607.03

40.00

62,310.88

98,210.49

6,376.92

30.00

98,210.50

En adelante

9,607.89

0.00

 

Tarifa para el pago provisional del mes de abril de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

1,984.28

0.00

3.00

1,984.29

16,841.64

59.52

10.00

16,841.65

29,597.68

1,545.24

17.00

29,597.69

34,406.00

3,713.84

25.00

34,406.01

En adelante

4,915.92

30.00

 

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento de subsidio sobre

 

 

 

el impuesto marginal

$

$

$

%

0.01

1,984.28

0.00

50.00

1,984.29

16,841.64

29.76

50.00

16,841.65

29,597.68

772.68

50.00

29,597.69

34,406.00

1,856.76

50.00

34,406.01

41,193.40

2,457.96

50.00

41,193.41

83,081.16

3,476.04

40.00

83,081.17

130,947.32

8,502.56

30.00

130,947.33

En adelante

12,810.52

0.00

 

Tarifa para el pago provisional del mes de mayo de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

2,480.35

0.00

3.00

2,480.36

21,052.05

74.40

10.00

21,052.06

36,997.10

1,931.55

17.00

36,997.11

43,007.50

4,642.30

25.00

43,007.51

En adelante

6,144.90

30.00

 

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento de subsidio sobre

 

 

 

el impuesto marginal

$

$

$

%

0.01

2,480.35

0.00

50.00

2,480.36

21,052.05

37.20

50.00

21,052.06

36,997.10

965.85

50.00

36,997.11

43,007.50

2,320.95

50.00

43,007.51

51,491.75

3,072.45

50.00

51,491.76

103,851.45

4,345.05

40.00

103,851.46

163,684.15

10,628.20

30.00

163,684.16

En adelante

16,013.15

0.00

 

Tarifa para el pago provisional del mes de junio de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

2,976.42

0.00

3.00

2,976.43

25,262.46

89.28

10.00

25,262.47

44,396.52

2,317.86

17.00

44,396.53

51,609.00

5,570.76

25.00

51,609.01

En adelante

7,373.88

30.00

 

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento de subsidio sobre

 

 

 

el impuesto marginal

$

$

$

%

0.01

2,976.42

0.00

50.00

2,976.43

25,262.46

44.64

50.00

25,262.47

44,396.52

1,159.02

50.00

44,396.53

51,609.00

2,785.14

50.00

51,609.01

61,790.10

3,686.94

50.00

61,790.11

124,621.74

5,214.06

40.00

124,621.75

196,420.98

12,753.84

30.00

196,420.99

En adelante

19,215.78

0.00

 

Tarifa para el pago provisional del mes de julio de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

3,472.49

0.00

3.00

3,472.50

29,472.87

104.16

10.00

29,472.88

51,795.94

2,704.17

17.00

51,795.95

60,210.50

6,499.22

25.00

60,210.51

En adelante

8,602.86

30.00

 

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento de subsidio sobre

 

 

 

el impuesto marginal

$

$

$

%

0.01

3,472.49

0.00

50.00

3,472.50

29,472.87

52.08

50.00

29,472.88

51,795.94

1,352.19

50.00

51,795.95

60,210.50

3,249.33

50.00

60,210.51

72,088.45

4,301.43

50.00

72,088.46

145,392.03

6,083.07

40.00

145,392.04

229,157.81

14,879.48

30.00

229,157.82

En adelante

22,418.41

0.00

 

Tarifa para el pago provisional del mes de agosto de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

3,968.56

0.00

3.00

3,968.57

33,683.28

119.04

10.00

33,683.29

59,195.36

3,090.48

17.00

59,195.37

68,812.00

7,427.68

25.00

68,812.01

En adelante

9,831.84

30.00

 

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento de subsidio sobre

 

 

 

el impuesto marginal

$

$

$

%

0.01

3,968.56

0.00

50.00

3,968.57

33,683.28

59.52

50.00

33,683.29

59,195.36

1,545.36

50.00

59,195.37

68,812.00

3,713.52

50.00

68,812.01

82,386.80

4,915.92

50.00

82,386.81

166,162.32

6,952.08

40.00

166,162.33

261,894.64

17,005.12

30.00

261,894.65

En adelante

25,621.04

0.00

 

Tarifa para el pago provisional del mes de septiembre de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

4,464.63

0.00

3.00

4,464.64

37,893.69

133.92

10.00

37,893.70

66,594.78

3,476.79

17.00

66,594.79

77,413.50

8,356.14

25.00

77,413.51

En adelante

11,060.82

30.00

 

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento de subsidio sobre

 

 

 

el impuesto marginal

$

$

$

%

0.01

4,464.63

0.00

50.00

4,464.64

37,893.69

66.96

50.00

37,893.70

66,594.78

1,738.53

50.00

66,594.79

77,413.50

4,177.71

50.00

77,413.51

92,685.15

5,530.41

50.00

92,685.16

186,932.61

7,821.09

40.00

186,932.62

294,631.47

19,130.76

30.00

294,631.48

En adelante

28,823.67

0.00

 

Tarifa para el pago provisional del mes de octubre de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

4,960.70

0.00

3.00

4,960.71

42,104.10

148.80

10.00

42,104.11

73,994.20

3,863.10

17.00

73,994.21

86,015.00

9,284.60

25.00

86,015.01

En adelante

12,289.80

30.00

 

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento de subsidio sobre

 

 

 

el impuesto marginal

$

$

$

%

0.01

4,960.70

0.00

50.00

4,960.71

42,104.10

74.40

50.00

42,104.11

73,994.20

1,931.70

50.00

73,994.21

86,015.00

4,641.90

50.00

86,015.01

102,983.50

6,144.90

50.00

102,983.51

207,702.90

8,690.10

40.00

207,702.91

327,368.30

21,256.40

30.00

327,368.31

En adelante

32,026.30

0.00

 

Tarifa para el pago provisional del mes de noviembre de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

5,456.77

0.00

3.00

5,456.78

46,314.51

163.68

10.00

46,314.52

81,393.62

4,249.41

17.00

81,393.63

94,616.50

10,213.06

25.00

94,616.51

En adelante

13,518.78

30.00

 

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento de subsidio sobre

 

 

 

el impuesto marginal

$

$

$

%

0.01

5,456.77

0.00

50.00

5,456.78

46,314.51

81.84

50.00

46,314.52

81,393.62

2,124.87

50.00

81,393.63

94,616.50

5,106.09

50.00

94,616.51

113,281.85

6,759.39

50.00

113,281.86

228,473.19

9,559.11

40.00

228,473.20

360,105.13

23,382.04

30.00

360,105.14

En adelante

35,228.93

0.00

 

Tarifa para el pago provisional del mes de diciembre de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos de los señalados en las Secciones mencionadas.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

5,952.84

0.00

3.00

5,952.85

50,524.92

178.56

10.00

50,524.93

88,793.04

4,635.72

17.00

88,793.05

103,218.00

11,141.52

25.00

103,218.01

En adelante

14,747.76

30.00

 

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento de subsidio sobre

 

 

 

el impuesto marginal

$

$

$

%

0.01

5,952.84

0.00

50.00

5,952.85

50,524.92

89.28

50.00

50,524.93

88,793.04

2,318.04

50.00

88,793.05

103,218.00

5,570.28

50.00

103,218.01

123,580.20

7,373.88

50.00

123,580.21

249,243.48

10,428.12

40.00

249,243.49

392,841.96

25,507.68

30.00

392,841.97

En adelante

38,431.56

0.00

 

Tarifa aplicable para el cálculo de los pagos provisionales mensuales correspondientes a 2005, que efectúen los contribuyentes a que se refiere el Capítulo III, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente por arrendamiento y en general por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles para uso distinto del de casa habitación.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

496.07

0.00

3.00

496.08

4,210.41

14.88

10.00

4,210.42

7,399.42

386.31

17.00

7,399.43

8,601.50

928.46

25.00

8,601.51

En adelante

1,228.98

30.00

 


 

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento de subsidio sobre

 

 

 

el impuesto marginal

$

$

$

%

0.01

496.07

0.00

50.00

496.08

4,210.41

7.44

50.00

4,210.42

7,399.42

193.17

50.00

7,399.43

8,601.50

464.19

50.00

8,601.51

10,298.35

614.49

50.00

10,298.36

20,770.29

869.01

40.00

20,770.30

32,736.83

2,125.64

30.00

32,736.84

En adelante

3,202.63

0.00

 

Tarifa aplicable para el cálculo de los pagos provisionales trimestrales correspondientes a 2005, que efectúen los contribuyentes a que se refiere el Capítulo III, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente por arrendamiento y en general por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles para uso de casa habitación.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

1,488.21

0.00

3.00

1,488.22

12,631.23

44.64

10.00

12,631.24

22,198.26

1,158.93

17.00

22,198.27

25,804.50

2,785.38

25.00

25,804.51

En adelante

3,686.94

30.00

 

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento de subsidio sobre

 

 

 

el impuesto marginal

$

$

$

%

0.01

1,488.21

0.00

50.00

1,488.22

12,631.23

22.32

50.00

12,631.24

22,198.26

579.51

50.00

22,198.27

25,804.50

1,392.57

50.00

25,804.51

30,895.05

1,843.47

50.00

30,895.06

62,310.87

2,607.03

40.00

62,310.88

98,210.49

6,376.92

30.00

98,210.50

En adelante

9,607.89

0.00

 

Tarifa opcional aplicable para el cálculo del pago provisional correspondiente al primer semestre de 2005, que efectúen los contribuyentes personas físicas dedicadas a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca, que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Capítulo II, Secciones I o II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

2,976.42

0.00

3.00

2,976.43

25,262.46

89.28

10.00

25,262.47

44,396.52

2,317.86

17.00

44,396.53

51,609.00

5,570.76

25.00

51,609.01

En adelante

7,373.88

30.00

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento de subsidio sobre

 

 

 

el impuesto marginal

$

$

$

%

0.01

2,976.42

0.00

50.00

2,976.43

25,262.46

44.64

50.00

25,262.47

44,396.52

1,159.02

50.00

44,396.53

51,609.00

2,785.14

50.00

51,609.01

61,790.10

3,686.94

50.00

61,790.11

124,621.74

5,214.06

40.00

124,621.75

196,420.98

12,753.84

30.00

196,420.99

En adelante

19,215.78

0.00

 

Tarifa opcional aplicable para el cálculo del pago provisional correspondiente al segundo semestre de 2005, que efectúen los contribuyentes personas físicas dedicadas a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca, que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Capítulo II, Secciones I o II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

5,952.84

0.00

3.00

5,952.85

50,524.92

178.56

10.00

50,524.93

88,793.04

4,635.72

17.00

88,793.05

103,218.00

11,141.52

25.00

103,218.01

En adelante

14,747.76

30.00

 

Tabla para la determinación del subsidio aplicable a la tarifa inmediata anterior.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento de subsidio sobre

 

 

 

el impuesto marginal

$

$

$

%

0.01

5,952.84

0.00

50.00

5,952.85

50,524.92

89.28

50.00

50,524.93

88,793.04

2,318.04

50.00

88,793.05

103,218.00

5,570.28

50.00

103,218.01

123,580.20

7,373.88

50.00

123,580.21

249,243.48

10,428.12

40.00

249,243.49

392,841.96

25,507.68

30.00

392,841.97

En adelante

38,431.56

0.00

 

8.      Tarifa integrada para el pago provisional del mes de enero de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

496.07

0.00

1.50

496.08

4,210.41

7.44

5.00

4,210.42

7,399.42

193.14

8.50

7,399.43

8,601.50

464.27

12.50

8,601.51

10,298.35

614.49

15.00

10,298.36

20,770.29

869.02

18.00

20,770.30

32,736.83

2,753.97

21.00

32,736.84

En adelante

5,266.94

30.00

 

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de febrero de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

992.14

0.00

1.50

992.15

8,420.82

14.88

5.00

8,420.83

14,798.84

386.28

8.50

14,798.85

17,203.00

928.54

12.50

17,203.01

20,596.70

1,228.98

15.00

20,596.71

41,540.58

1,738.04

18.00

41,540.59

65,473.66

5,507.94

21.00

65,473.67

En adelante

10,533.88

30.00

 

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de marzo de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

1,488.21

0.00

1.50

1,488.22

12,631.23

22.32

5.00

12,631.24

22,198.26

579.42

8.50

22,198.27

25,804.50

1,392.81

12.50

25,804.51

30,895.05

1,843.47

15.00

30,895.06

62,310.87

2,607.06

18.00

62,310.88

98,210.49

8,261.91

21.00

98,210.50

En adelante

15,800.82

30.00

 

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de abril de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

1,984.28

0.00

1.50

1,984.29

16,841.64

29.76

5.00

16,841.65

29,597.68

772.56

8.50

29,597.69

34,406.00

1,857.08

12.50

34,406.01

41,193.40

2,457.96

15.00

41,193.41

83,081.16

3,476.08

18.00

83,081.17

130,947.32

11,015.88

21.00

130,947.33

En adelante

21,067.76

30.00

 

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de mayo de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

2,480.35

0.00

1.50

2,480.36

21,052.05

37.20

5.00

21,052.06

36,997.10

965.70

8.50

36,997.11

43,007.50

2,321.35

12.50

43,007.51

51,491.75

3,072.45

15.00

51,491.76

103,851.45

4,345.10

18.00

103,851.46

163,684.15

13,769.85

21.00

163,684.16

En adelante

26,334.70

30.00

 

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de junio de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

2,976.42

0.00

1.50

2,976.43

25,262.46

44.64

5.00

25,262.47

44,396.52

1,158.84

8.50

44,396.53

51,609.00

2,785.62

12.50

51,609.01

61,790.10

3,686.94

15.00

61,790.11

124,621.74

5,214.12

18.00

124,621.75

196,420.98

16,523.82

21.00

196,420.99

En adelante

31,601.64

30.00

 

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de julio de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

3,472.49

0.00

1.50

3,472.50

29,472.87

52.08

5.00

29,472.88

51,795.94

1,351.98

8.50

51,795.95

60,210.50

3,249.89

12.50

60,210.51

72,088.45

4,301.43

15.00

72,088.46

145,392.03

6,083.14

18.00

145,392.04

229,157.81

19,277.79

21.00

229,157.82

En adelante

36,868.58

30.00

 

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de agosto de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

3,968.56

0.00

1.50

3,968.57

33,683.28

59.52

5.00

33,683.29

59,195.36

1,545.12

8.50

59,195.37

68,812.00

3,714.16

12.50

68,812.01

82,386.80

4,915.92

15.00

82,386.81

166,162.32

6,952.16

18.00

166,162.33

261,894.64

22,031.76

21.00

261,894.65

En adelante

42,135.52

30.00

 

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de septiembre de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

4,464.63

0.00

1.50

4,464.64

37,893.69

66.96

5.00

37,893.70

66,594.78

1,738.26

8.50

66,594.79

77,413.50

4,178.43

12.50

77,413.51

92,685.15

5,530.41

15.00

92,685.16

186,932.61

7,821.18

18.00

186,932.62

294,631.47

24,785.73

21.00

294,631.48

En adelante

47,402.46

30.00

 

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de octubre de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

4,960.70

0.00

1.50

4,960.71

42,104.10

74.40

5.00

42,104.11

73,994.20

1,931.40

8.50

73,994.21

86,015.00

4,642.70

12.50

86,015.01

102,983.50

6,144.90

15.00

102,983.51

207,702.90

8,690.20

18.00

207,702.91

327,368.30

27,539.70

21.00

327,368.31

En adelante

52,669.40

30.00

 

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de noviembre de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

5,456.77

0.00

1.50

5,456.78

46,314.51

81.84

5.00

46,314.52

81,393.62

2,124.54

8.50

81,393.63

94,616.50

5,106.97

12.50

94,616.51

113,281.85

6,759.39

15.00

113,281.86

228,473.19

9,559.22

18.00

228,473.20

360,105.13

30,293.67

21.00

360,105.14

En adelante

57,936.34

30.00

 

Tarifa integrada para el pago provisional del mes de diciembre de 2005, aplicable a los ingresos que perciban los contribuyentes a que se refiere el Capítulo II, Secciones I y II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente de los señalados en las Secciones mencionadas, misma que contempla el subsidio aplicable.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

5,952.84

0.00

1.50

5,952.85

50,524.92

89.28

5.00

50,524.93

88,793.04

2,317.68

8.50

88,793.05

103,218.00

5,571.24

12.50

103,218.01

123,580.20

7,373.88

15.00

123,580.21

249,243.48

10,428.24

18.00

249,243.49

392,841.96

33,047.64

21.00

392,841.97

En adelante

63,203.28

30.00

 

Tarifa integrada aplicable para el cálculo de los pagos provisionales mensuales correspondientes a 2005, que efectúen los contribuyentes a que se refiere el Capítulo III, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente por arrendamiento y en general por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles para uso distinto del de casa habitación, misma que contempla el subsidio aplicable.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

496.07

0.00

1.50

496.08

4,210.41

7.44

5.00

4,210.42

7,399.42

193.14

8.50

7,399.43

8,601.50

464.27

12.50

8,601.51

10,298.35

614.49

15.00

10,298.36

20,770.29

869.02

18.00

20,770.30

32,736.83

2,753.97

21.00

32,736.84

En adelante

5,266.94

30.00

 

Tarifa integrada aplicable para el cálculo de los pagos provisionales trimestrales correspondientes a 2005, que efectúen los contribuyentes a que se refiere el Capítulo III, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que obtengan ingresos exclusivamente por arrendamiento y en general por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles para uso de casa habitación, misma que contempla el subsidio aplicable.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

1,488.21

0.00

1.50

1,488.22

12,631.23

22.32

5.00

12,631.24

22,198.26

579.42

8.50

22,198.27

25,804.50

1,392.81

12.50

25,804.51

30,895.05

1,843.47

15.00

30,895.06

62,310.87

2,607.06

18.00

62,310.88

98,210.49

8,261.91

21.00

98,210.50

En adelante

15,800.82

30.00

 

Tarifa opcional integrada aplicable para el cálculo del pago provisional correspondiente al primer semestre de 2005, que efectúen los contribuyentes personas físicas dedicadas exclusivamente a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca, que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Capítulo II, Secciones I o II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, misma que contempla el subsidio aplicable.

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

2,976.42

0.00

1.50

2,976.43

25,262.46

44.64

5.00

25,262.47

44,396.52

1,158.84

8.50

44,396.53

51,609.00

2,785.62

12.50

51,609.01

61,790.10

3,686.94

15.00

61,790.11

124,621.74

5,214.12

18.00

124,621.75

196,420.98

16,523.82

21.00

196,420.99

En adelante

31,601.64

30.00

 

Tarifa opcional integrada aplicable para el cálculo del pago provisional correspondiente al segundo semestre de 2005, que efectúen los contribuyentes personas físicas dedicadas exclusivamente a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca, que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Capítulo II, Secciones I o II, del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, misma que contempla el subsidio aplicable.


 

 

Límite inferior

Límite superior

Cuota fija

Por ciento para aplicarse sobre

 

 

 

el excedente del límite inferior

$

$

$

%

0.01

5,952.84

0.00

1.50

5,952.85

50,524.92

89.28

5.00

50,524.93

88,793.04

2,317.68

8.50

88,793.05

103,218.00

5,571.24

12.50

103,218.01

123,580.20

7,373.88

15.00

123,580.21

249,243.48

10,428.24

18.00

249,243.49

392,841.96

33,047.64

21.00

392,841.97

En adelante

63,203.28

30.00

 

Atentamente

México, D.F., a 20 de mayo de 2005.- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria, José María Zubiría Maqueo.- Rúbrica.